| Una nueva ofensiva contra los derechos laborales |
| Escrito por Jhon Vega Masis - MAS | |||
| Martes 27 de Abril de 2010 18:49 | |||
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El Proyecto de Ley General de Relación Pública de Empleo (en adelante Ley de Empleo Público) elaborado por el MIDEPLAN pretende establecer un marco regulatorio aplicable a todo el Sector Público (art.21), ubicándose por encima del Código del Código de Trabajo y derogando “cualquier otra [ley] general o especial que se le oponga” (art.118).
Ley de Empleo Público: ¿Algo nuevo bajo el sol?
La Ley de Empleo Público es parte de la ofensiva global del capitalismo contra las conquistas laborales de la clase trabajadora. En todos los países del mundo gobiernos y empresarios imponen prácticas laborales e impulsan reformas legales que precarizan las condiciones de trabajo con el objetivo de aumentar sus ganancias y reducir sus costos de producción. En Costa Rica en el marco de la crisis económica la UCCAEP impulso el “Proyecto de Ley de Protección al Empleo en Tiempos de Crisis” con el objetivo de legalizar las prácticas cotidianas implementadas en sus empresas: reducción del salario, pago de salarios por debajo del mínimo de ley, contratos a tiempo parcial, reducción del pago de horas extras laboradas, entre otros. El propio gobierno Arias propuso el “Plan Escudo” donde se proponía como solución para combatir el desempleo rebajas al salario de los trabajadores e implementar normas de flexibilización laboral.
Las reformas a los derechos laborales de los empleados públicos no son nuevas, en el sector público se han tenido que enfrentar ya casi tres décadas de contrarreformas neoliberales. En la mente de los educadores aún está presente la ofensiva contra el régimen de pensiones que desencadeno una huelga nacional en 1995, finalmente derrotada con la complicidad de algunas direcciones sindicales. La ley de Empleo Público forma parte de esta ofensiva neoliberal, endurecida durante la administración Arias.
Una pincelada de lo que está en juego con la ley de Empleo Público
El gobierno pretende reducir el presupuesto público destinado a salarios mediante la imposición de un modelo de salario único que atenta contra los derechos conquistados por el sector público. Según la Contraloría General de la República “el cálculo de una planilla basada en un salario único(…) resulta a lo largo de diez años en un desembolso de ¢37.100,8 millones, mientras que esa misma planilla bajo el esquema de salario base más pluses implicaría una erogación de ¢42.078,3 millones, lo cual conlleva una eventual disminución de ¢4.977.5 millones; es decir, esto implica una disminución promedio de 11.83% en el monto a retribuir a los funcionarios” (Informe Nº DFOE-PGAA-IF-65-2009, CGR, p.30).
La imposición del salario único y otras medidas contempladas en la ley atentan contra derechos laborales fundamentales reconocidos legalmente en el Código de Trabajo y en la legislación nacional actual. Reseñamos algunos:
- Pérdida de los Pluses salariales: el esquema de salario único es incompatible con pluses salariales actuales o futuros como Anualidades, Aguinaldo, Carrera Profesional, Incentivo Didáctico o Pago por Zona de Menor Desarrollo en el magisterio nacional. La ley “reconoce” “El derecho a anualidades, a aguinaldo y a otros pluses salariales, conforme a la normativa aplicable siempre y cuando no se estableciere un salario único” (art.43, inciso b).
- Derogatoria de hecho del Código de Trabajo y aplicación de los principios del derecho administrativo: En materia de empleo público tanto el Código de Trabajo como el Estatuto de Servicio Civil tendrán un carácter accesorio o secundario y se establece que “Las normas de esta Ley deberán interpretarse conforme a las reglas y principios generales del Derecho Administrativo” (art.5) y establece que “deroga cualquier otra general o especial que se le oponga (…) [por lo cual] quedan derogados los reglamentos o cualquier otra disposición inferior a la ley que se oponga a la presente Ley (art.118). - Pago del Aguinaldo: “El salario único se fijará anualmente y comprenderá un pago doble mensual en diciembre de cada año” (art.69), sustituyendo el pago de aguinaldo. Al otorgársele al aguinaldo el carácter de salario queda sujeto a todas las cargas sociales, impuesto sobre el salario y demás deducciones de ley.
- Reducción de la duración de nombramientos interinos y eliminación del pago de cesantía para los trabajadores interinos: se establece que “la duración máxima del interinato será de 6 meses para servidores en plazas vacantes”, plazo en el cual se puede ser despedido sin justa causa y sin el pago del Auxilio de Cesantía por que “Únicamente los servidores nombrados en propiedad y conforme a esta Ley tendrán derecho al auxilio de cesantía” (art.48).
- Violación de derechos adquiridos por trabajadores en propiedad: quienes se encuentren en propiedad a la aprobación de la ley solo podrán seguir disfrutando de sus derechos adquiridos por un período de cinco años (Transitorio I) y quienes se ajusten al esquema de salario único recibirán una indemnización calculada sobre un tope de 12 años de antigüedad como máximo.
Nuestros derechos no se negocian: unidad para luchar y no para concertar La Ley de Empleo Público debe enfrentar el más profundo rechazo de los empleados públicos, Este es un proyecto contrario a los intereses más elementales de los sectores trabajadores y debe ser combatido en todo los escenarios, condenándolo a su muerte desde antes que sea presentado a la corriente legislativa.
Frente la discusión del proyecto de ley está presente la amenaza de inmovilismo o de la concertación. No faltan las voces que llaman a una mesa de negociación para lograr un “mejor” proyecto, empantanando en un diálogo de sordos con el gobierno cualquier posibilidad de movilización que derrote de forma efectiva el proyecto.
Frente a la Ley de Empleo Público es necesaria la más amplia unidad de los sectores trabajadores para enterrar por la fuerza de la movilización y la organización colectiva un proyecto contrario a los intereses de los trabajadores. Esta unidad debe forjarse bajo espacios democráticos de discusión y plantearse la movilización como recurso indispensable y urgente para defender nuestros derechos frente a esta brutal ofensiva del gobierno.
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